Gestión de las bonificaciones para la formación de los trabajadores: la formación de demanda.

20 de abril de 2012|In Uncategorized1

¿Qué es la formación de demanda?

La formación de demanda responde a las necesidades específicas de formación de las empresas y trabajadores, y está integrada por las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación.

Corresponde a las empresas la planificación y gestión de la formación de sus trabajadores, a los trabajadores la iniciativa en la solicitud de los citados permisos, y a la representación legal de los trabajadores el ejercicio de los derechos de participación e información.

¿En qué consiste?

Las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores cuyo importe se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio y que será inversamente proporcional al tamaño de la empresa.

Las empresas que concedan permisos individuales de formación dispondrán de un crédito adicional según lo dispuesto en el artículo 13.3 del Real Decreto 395/2007 y en el artículo 23 de la Orden reguladora de esta iniciativa.

¿Cómo se calcula la bonificación que tiene la empresa?

Este crédito se calcula aplicado el porcentaje de bonificación, que se establece anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, a la cantidad ingresada el año anterior por la empresa pro la contingencia de formación profesional.

No hay un límite máximo de horas ni de cursos por participantes, pero si un límite de participantes según el tipo de formación. La duración mínima de la acción formativa es de 6 horas, con un máximo de 8 horas de impartición diaria.

 ¿Cómo pueden solicitar las empresas la bonificación?

  1. Gestionándolas ellas mismas
  2. Unirse con la finalidad de gestionar de forma conjunta su formación continua, situación en que una de ellas debe asumir las funciones de entidad organizadora
  3. Encargar a una tercera entidad las funciones de entidad organizadora

Una de las principales ventajas de esta formación es que permite la contratación tanto de la organización y gestión, como la ejecución con centros o entidades especializadas.

En este sentido, la Confederación Canaria de Empresarios pone a disposición de las empresas su experiencia, profesionalidad y capacidad en materia de formación, para el desarrollo y ejecución de acciones formativas  dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales ya sea en modalidad presencial, mixta o teleformación.

 Contacte con el Departamento de Formación para más información.

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